El pasado 21 de febrero, el Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Puebla (SOAPAP), notificó a Tratamiento de Agua de Puebla, S.A. de C.V., la terminación de su relación contractual, por virtud de la cual esta prestaba el servicio de tratamiento de aguas residuales, por medio de las plantas del SOAPAP.
También el SOAPAP solicitó al Juez Décimo Segundo Civil de Puebla la ocupación de cuatro plantas de tratamiento de aguas residuales: El Conde, San Francisco, Atoyac Sur y Alseseca Sur, ubicadas en los municipios de Puebla, Cuautlancingo y San Andrés Cholula.
Derivado de ese juicio ordinario, el Juez Décimo Segundo de lo Civil, sentenció la nulidad de diversas cláusulas del contrato de prestación de servicios por ser contrarias, y además excesivas, a lo dispuesto por la Ley.
Agregó, que la ocupación administrativa decretada en favor de los representantes del SOAPAP, respecto de las plantas de tratamiento de aguas residuales, es definitiva.
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