La SCJN resuelve controversia constitucional interpuesta por el Ayuntamiento de Puebla

Written by Redacción. Posted in Minuto a Minuto, Noticias Destacadas, Puebla

Published on septiembre 28, 2012 with No Comments

Con la resolución de la controversia Constitucional con número 9/12, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ha dado la razón a Puebla para la revisión de la aprobación que dio el Congreso del Estado en diciembre pasado de las tablas de valores catastrales de San Andrés Cholula y Puebla, así lo dio a conocer esta mañana Ernesto Bojalil Andrade, Síndico Municipal.
“El único ordenamiento territorial vigente del Estado, es el decreto publicado el 30 de octubre de 1962. Es decir, dicho decreto es más vigente que nunca, mientras no exista otra resolución que lo derogue sigue siendo esa zona parte del Municipio de Puebla”, puntualizó el Síndico Municipal.
Los Ministros Guillermo Ortiz Mayagoitia, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Arturo Saldívar Lelo de Larrea y Olga Sánchez Cordero, fueron quienes le otorgaron al Municipio de Puebla su voto a favor, dando la explicación de que el proyecto presentado por el Ministro José Cosío Villegas no podía proceder.
“El Ayuntamiento de Puebla, reconoce la soberanía del Congreso local para resolver el tema limítrofe; será la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que analizará si existieron violaciones constitucionales en la aprobación de las tablas de valores catastrales de ambos municipios para el presente ejercicio fiscal”, afirmó Bojalil Andrade.
De esta forma, es histórico que la Suprema Corte de Justicia de la Nación haya comenzado a valorar si las tablas de valores que aprueba el Congreso local, están acordes a la legislación vigente del decreto de 1962, tal y como se hizo en los ejercicios fiscales anteriores.
El Congreso del Estado, por su parte, debe resolver los temas limítrofes entre Puebla y San Andrés; mientras tanto la Suprema Corte analizará si existieron violaciones constitucionales en la aprobación de las tablas de valores catastrales de ambos municipios.
El Síndico Municipal, aseguró que se votó en contra del proyecto presentado, en ese sentido, la Corte ordenó que se estudiara el fondo del asunto, el cual refiere a un tema fiscal y no a un tema limítrofe.
Finalmente, elementos como la inconsistencia, contradicciones, la falta de fundamentación y motivación, fueron los elementos principales para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación tomara la decisión de valorar el asunto a fin de emitir una nueva resolución.

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