Rigen usos y costumbres en sucesión de bienes en zonas de Chiapas

Written by Redacción. Posted in Chiapas, Estados, Minuto a Minuto

Published on octubre 19, 2012 with No Comments

San Cristóbal de las Casas, Chis. Notimex.- La sucesión de bienes en las comunidades indígenas de Chiapas se mantiene bajo el tradicional esquema de usos y costumbres, que estipula su entrega a los hijos varones de cada familia, afirmó Segismundo Rotter Maldonado, primer juez oficial.

Explicó que esta ancestral costumbre beneficia a quienes proveen lo necesario en los hogares, lo cual es aceptado por este sector poblacional, de tal manera, la intervención de notarios públicos para esta transferencia de bienes no es requerida, explicó el funcionario, en entrevista.

Reiteró que este asunto es reglamentado por los usos y costumbres de cada comunidad, “pero en general son los varones los que heredan los bienes de los padres, porque acostumbran que sea el hombre el que procede y por lo mismo es quien debe tener las propiedades para poder satisfacer las necesidades del hogar”.

Por ejemplo, dijo, en lo referente a la tierra, a las propiedades de bienes inmuebles, por lo general los municipios indígenas son propiedades comunales con linderos tradicionales que han pasado de generación en generación.

La mayoría de las veces, agregó, esto sucede sin una escritura pública, pues los usos y costumbres tienen para los indígenas más valor que este documento oficial.

“Para ellos la tierra es sagrada, nos e vende, pasa de mano en mano porque e la que provee los alimentos de la vía” y esta razón son raros los diferendos sobre la tenencia de la tierra.

Detalló que los usos y costumbres están establecidos y todos les dan valor que le corresponde para obtener la tierra y de ella lograr el sustento.

El juez explicó que cuando los hijos se casan, generalmente el padre del novio le da a su descendiente aun porción de tierra dónde vivir con respeto a lo dispuesto en su traición.

Siempre respetan los mojones limita que desde muchos años antes han sido tratados por los ancestros para marcar las propiedades, indicó.

En lo referente a la sucesión de bienes, es la tierra la que más valor, por la importancia, pues generalmente no tienen otras propiedades, por lo que no deben recurrir a un testamento, apuntó.

Sin embargo, agregó que la migración de los indígenas hacia los centros de población ha provocado algunos cambios de proceder, pues en las ciudades el régimen de la tenencia de tierra es diferente y es cuando tienen que recurrir a cambios, pero en sus comunidades la tradición sigue rigiendo la sucesión.

Destacó que cuando sucede un diferendo en una comunidad indígena es el juez de paz y conciliación el que resuelve el problema en un juicio oral.

Cabe estacar que de acuerdo con las reformas en materia de administración de justicia, Rotter Maldonado expuso que es el primer juez que atiene los asuntos que se resuelven mediante juicios orales y ha comenzado con el trabajo para instalar este sistema en otros distritos judiciales.

Señaló que se han capacitado a jueces para que se trasladen a otros distritos judiciales, a fin e implementar este recurso hasta más económico para quienes resuelven diferencias en esta instancia.

Tenemos el récord de una hora y 40 minutos para resolver el caso, desde que se inició hasta que causó ejecutoria, resaltó el juez, al indicar que esto demuestra la conveniencia del recurso.

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