El desahucio se produce cuando el dueño de una casa o finca desaloja de la misma al inquilino, mediante orden judicial, por impago del alquiler y otra causa justificada. Joan Coromines, en su Breve Diccionario Etimológico de la Lengua Española, sitúa el origen del término en torno al siglo XIII, y lo define como «quitar las esperanzas» al expulsar a un arrendatario.
Viene del verbo arcaico afuciar, que significa ‘tener confianza, avalar o garantizar’. Y con el prefijo des- equivale, por tanto, a «quitar toda confianza».
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