El Pleno del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla (TSJP), aprobó la puesta en vigor de los Juicios Orales Mercantiles en toda la entidad, a partir del primero de julio del presente año.
Con esta declaratoria se establece que los Juzgados de Primera Instancia de los Distritos Judiciales del interior del estado, comprendidos en el artículo 8º de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado – con excepción del Distrito Judicial de Puebla- serán competentes para conocer del Juicio Oral Mercantil en sus respectivas jurisdicciones, tanto jueces civiles como mixtos.
Los Juzgados de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puebla serán competentes para conocer del Juicio Oral Mercantil en su respectiva jurisdicción. Los Juzgados especializados en Materia Mercantil y Asuntos Financieros.
Cabe destacar que el artículo 1390 Bis del Código de Comercio señala que se tramitarán en Juicio Oral Mercantil todas las demandas cuya suerte principal sea inferior a la cantidad señalada en el artículo 1339 del ordenamiento en esta materia.
De acuerdo al artículo 1390 Bis uno del Código de Comercio, no podrán sustanciarse en el Juicio Oral Mercantil, aquellos de tramitación especial establecidos en el código y otras leyes, ni los de cuantía indeterminada.
El Poder Judicial emprendió la reingeniería de los Juzgados Civiles de Primera Instancia especializados en materia Civil y Mercantil desde el pasado primero de abril de 2013.
Los Juzgados Primero al Quinto, se especializaron en materia Civil, mientras que del Sexto al Décimo en materia Mercantil y el Décimo Primero y Décimo Segundo en Financiera.
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