Recibe Senado de la República minuta en materia de deuda de estados

Written by Redacción. Posted in Minuto a Minuto, Noticias Destacadas, Política

Published on septiembre 26, 2013 with No Comments

El Senado de la RepúblicaNotimex.-El Senado de la República recibió en la sesión de este jueves la minuta enviada por la Cámara de Diputados en materia de deuda de estados y municipios.

En ella se realizaron modificaciones para eliminar que se limite la deuda de estados y municipios, así como para crear una comisión bicameral que tendría la facultad de impugnar las solicitudes de deudas locales, incluyendo la del Distrito Federal.

Al inicio de la sesión ordinaria de este jueves, el presidente de la Mesa Directiva del Senado, Raúl Cervantes Andrade, dio cuenta de la recepción de dicha minuta y la turnó a la Comisión de Hacienda para su análisis.

En la reforma a diversos artículos constitucionales en materia de deuda de estados y municipios, los diputados federales eliminaron temas de interés del Senado, como la creación de dicha comisión bicameral, instancia conformada por ocho diputados y senadores que sería responsable de regular en la materia.

Asimismo, la comisión bicameral eliminada en San Lázaro tendría la facultad, entre otras, de sancionar y en su caso objetar la estrategia de ajuste para fortalecer las finanzas públicas de los estados.

La minuta devuelta prevé cambios a los artículos 73, 79, 108, 116 y 117 de la Constitución en materia de disciplina financiera de dichas entidades administrativas y políticas.

Dichas reformas constitucionales establecen que se regulará el endeudamiento de estados y municipios; se fijan principios, controles y lineamientos que promuevan un uso ordenado y sostenible del financiamiento para ellos, además de evitar el uso incorrecto de los recursos obtenidos vía deuda pública.

La reforma también faculta a la Auditoría Superior de la Federación (ASF) para fiscalizar al gobierno federal, que el otorgamiento de las garantías con cargo al crédito de la nación haya sido adecuada y fiscalizar directamente a los estados cuando accedan a dichas garantías.

Se incluye que las Legislaturas locales tendrán que aprobar los empréstitos y las obligaciones por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, previo análisis de su destino, capacidad de pago y, en su caso, el otorgamiento de garantía o el establecimiento de la fuente de pago.

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