Notimex.- El grado de accesibilidad a carretera pavimentada también formará parte de los lineamientos y criterios que establezca el Consejo Nacional de Evaluación Política de Desarrollo Social para la definición, identificación y medición de la pobreza.
En un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) dio a conocer que adiciona la fracción IX al artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social.
De acuerdo con dicho articulado, el grado de accesibilidad a carretera pavimentada, entre otros indicadores son de aplicación obligatoria para las entidades y dependencias públicas que participen en la ejecución de los programas de desarrollo social.
Asimismo, el Consejo deberá utilizar la información que genere el Instituto Nacional de Estadística, Geografía, independientemente de otros datos que se estime conveniente.
El ordenamiento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
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