Notimex. En la Gaceta Parlamentaria se publica la iniciativa que propone además definir el estatus legal de los soldados y cabos que no son militares de carrera, modificaciones al escalafón de ascensos y que el servicio de informática sea fundamental para la coordinación, el desarrollo y la operación de las misiones encomendadas por la Sedena.
La reforma se encamina a mejorar las condiciones académicas de los miembros de las Fuerzas Armadas con el impulso del Sistema Educativo Militar mediante la capacitación, actualización, especialización y perfeccionamiento de distintas áreas de la disciplina castrense.
Se destaca que el Ejército y Fuerza Aérea Mexicana tienen como misión primordial defender la integridad, la independencia y la soberanía de la nación, así como garantizar la seguridad interior y auxiliar a la población civil en casos de necesidades públicas.
Asimismo se señala que para cumplir estas tareas sus integrantes requieren preparación, instrucción y actualización constantes, con el propósito de obtener el mejor desempeño en su servicio al Estado.
Se argumenta que, no obstante, en el Sistema Educativo Militar persisten obstáculos legales que dificultan el camino de preparación continúa y permanente de los miembros en activo del instituto armado.
En la iniciativa se proponen reformas y adiciones a la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana, con el propósito de beneficiar a los militares profesionales formados en sus filas a través del reconocimiento y de la eliminación de barreras en su formación.
De esa manera se busca reducir el tiempo obligatorio de prestación de servicios adicionales, cuando la formación implique periodos de tiempo menores a seis meses.
También se proponen cambios para incluir en el sistema a todos los servicios con que cuenta el Ejército y Fuerza Aérea Mexicana.
Se plantea que como un reconocimiento abierto a las actividades cotidianas que cientos de militares profesionales realizan en su servicio al Ejército y Fuerza Aérea, es necesario reformar esa ley a fin de modificar su grado máximo.
Ello, en virtud de que existen profesiones que en la práctica ocupan cargos encomendados a grados superiores a los que no pueden acceder por no preverse en la ley.
En la iniciativa se señala que por las acciones operativas y de apoyo conforme a su naturaleza, el Servicio de Informática realizará tareas de instalación, operación y mantenimiento tanto de los bienes como de los servicios en el ramo del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
Además, se adiciona una fracción XIII al Artículo 193 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea para incluir al personal militar perteneciente al Servicio de Informática en los escalafones del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
Para ello los divide en dos grupos: Ingeniero en Computación e Informática, de Subteniente a General de Brigada y Especialistas del Servicio de Informática, de soldado a Teniente Coronel.
Los cambios propuestos por el Ejecutivo federal plantean modificar el grado máximo de Teniente Coronel a Coronel para el personal de Enfermeras, de Sanidad y de Materiales de Guerra.
Finalmente se plantea aclarar que los soldados y los Cabos del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana podrán causar baja por rescisión de su contrato de enganche o del de su renovación, por no ser militares de carrera profesional ni permanente.
También precisa que los soldados y cabos podrán causar baja por rescisión de su contrato de enganche, o del de su renovación, por no ser militares de carrera profesional ni permanente.
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