Descartan expropiación de terrenos por reforma energéticas

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Published on julio 02, 2014 with No Comments

e1391bc223a781f806363558e3cc27b2Notimex.-La diputada federal priista Irazema González Martínez Olivares descartó que haya expropiación de terrenos o propiedades como consecuencia de la eventual puesta en marcha de las leyes secundarias en materia energética.

La integrante de la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados subrayó que el mandato constitucional es claro en cuanto a que las actividades de exploración y explotación son de interés social y de orden público y no pueden suprimirse.

Planteó que “gracias a las discusiones en el Congreso de la Unión se mantiene la posibilidad de que haya adecuaciones a fin de que haya más transparencia y seguridad jurídica para los propietarios de terrenos sujetos a exploración y explotación de hidrocarburos”.

Irazema González expuso que el tema de la expropiación ha sido controvertido, por lo que se menciona en la reforma constitucional y en la Ley de Hidrocarburos de que la exploración y extracción se considerarán de interés social y de orden público.

Por ello tendrán preferencia sobre cualquier otra actividad que implique el aprovechamiento de la superficie o el subsuelo.

La vicecoordinadora de Gestión Social del PRI en el órgano legislativo explicó que ante ello al contratista no le interesará la adquisición de tierras y ni siquiera el propio Estado le convendría expropiar terrenos que en un tiempo ya no tengan otro uso.

Comentó que los propietarios de terrenos sujetos a exploración o explotación de hidrocarburos podrán acordar con un contratista y que a cambio del uso territorial se les pague una renta o recibir ciertos recursos por el tiempo que dure la explotación del recurso natural.

De la misma forma el propietario tiene la posibilidad de negarse a vender, “pero hay que dejar en claro que todo será parte de proceso de negociación”.

Enfatizó que hay que tener en cuenta las modalidades, pues se da el caso de que no se requiera que se prive de toda la propiedad a un dueño, sino sólo una servidumbre, como sucede entre particulares, lo que está regulado por la legislación civil.

“Las diferentes servidumbres sirven, entre otras cosas, para el paso entre terrenos colindantes y en el caso de exploración y explotación ocurrirá lo mismo, ya que será sujeto a un procedimiento donde ambas partes serán beneficiadas”, remarcó la legisladora federal.

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