MVS. Este lunes, el pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos discutirá si presentan o no una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra la reforma en telecomunicaciones por violar la ley de protección de datos personales, la privacidad, el acceso a la información y los derechos Arco, que es la posibilidad que tienen los ciudadanos de rectificar, cancelar, modificar o pedir la privacidad de sus datos personales.
En el Coloquio Internacional Hacia el Sistema Nacional de Transparencia, el comisionado del IFAI, Óscar Guerra Ford, indicó que hay violación de acceso a la información porque las reuniones de los comisionados del Instituto Federal de Telecomunicaciones son consideradas como reservadas.
“Es claro y evidente que hay materia para interponer esta acción de inconstitucionalidad, lo he hecho público con este documento que hice llegar a todas las fracciones del Senado, hubo una pequeña modificación pero insuficiente desde mi punto de vista, y déjenme decirles que ahora estudiando, sin ser un abogado en la materia, de que no se es sólo el 189 y el 190, sino que hay una violación de acceso a la información porque se están haciendo las reuniones que tienen los comisionados del Instituto de Telecomunicaciones como información reservada, y no da temporalidad, y aquí no cae en un causal de reserva de la ley actual y se viola el principio de temporalidad”, explicó.
Además, advirtió que los artículos 189 y 190 son violatorios de la privacidad y de los datos personales, porque localiza e interviene aparatos que contienen información de las personas, además de que invaden competencias del IFAI.
“Además está el problema por todos conocido que es el 189 y 190 que son violatorios de la privacidad y de los datos personales, que tiene el poder de localizar e intervenir los aparatos y es cierto que se ha dicho que son los aparatos, pero los aparatos contienen información de las personas y que son datos personales, pero también tenemos problema de invasión de competencias donde se establece en la ley secundaria que será el Instituto y no el IFAI, el de Telecomunicaciones el que podrá definir en características, el cómo, cuándo y la forma en que se hará la extracción de información en tiempo real, siendo una competencia este derecho de datos personales del IFAI cuando menos se debió citar una concurrencia de los dos institutos”, detalló.
También la reforma en telecomunicaciones viola los derechos Arco porque no da posibilidad a los ciudadanos de modificar su información. “Hay una cuarta que tiene que ver con derechos Arco, consagrados en la Constitución, que tiene que ver con la difusión en términos que establece que las concesionarias deberán mantener obligatoriamente la información durante algún tiempo, haciendo violatorio la posibilidad de datos, hay materia desde mi punto de vista, será mi posición. Lo vamos a discutir hoy, lo haremos hasta el lunes por una decisión del pleno”, abundó.
El comisionado indicó que su posición ya fue entregada a las autoridades del país y espera que sus otros seis compañeros compartan su opinión y se presenta la acción de inconstitucionalidad, ya que dijo cuenta con el apoyo de especialistas del CIDE y la propia Carolina Botero, relatora especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
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