MVS. El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) ordenó a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) a entregar la versión pública del documento que remitió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en relación al caso de la “Masacre de Acteal” y que se denomina Escrito de Fondo del Estado Mexicano, Caso 12.790 Manuel Santiz Culebra y Otros (Masacre de Acteal).
El particular que solicitó conocer la información se inconformó y presentó un recurso de revisión ante este Instituto, debido a que la dependencia referida reservó la información por un periodo de 12 años, argumentando que forma parte de un procedimiento seguido en forma de juicio ante la CIDH y sólo es de conocimiento de las partes involucradas; así como que su difusión podría afectar las relaciones del Estado con dicho organismo internacional.
EL IFA concluyó que, con excepción de los datos personales de las víctimas y de los involucrados, la reserva de la información ahí contenida es improcedente por que la Convención Americana de Derechos Humanos establece que se considera como información clasificada el Informe de Fondo que, en su momento, elaborará la CIDH sobre el caso, más no los documentos y/o las actuaciones presentadas por las partes durante el procedimiento.
También porque no se advierte cómo la difusión de la información puede deteriorar, suspender o quebrantar las relaciones de México con la CIDH, a grado tal que se vean suprimidos o reducidos los beneficios que se puedan obtener o se vulneren los derechos de los mexicanos.
Y si bien los documentos refieren los hechos acontecidos, se trata en sí de las consideraciones plantadas por la SRE, para argumentar que las actuaciones de la justicia nacional no son susceptibles de ser revisadas por la CIDH.
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