Notimex. El Partido Acción Nacional (PAN) en la Comisión Permanente propuso reformas al Artículo 1067 del Código de Comercio, para conceder mayores facultades al Ministerio Público en procesos mercantiles, que tengan acceso directo a autos judiciales y utilizarlos como elementos de prueba.
En entrevista, la legisladora Martha Sosa indicó que en los juicios mercantiles se registra un severo problema en materia penal, ya que dicho artículo acota las facultades del Ministerio Público, pues no lo considera como una autoridad, sino sólo “una de las partes” en conflicto.
Por ello, el Ministerio Público sólo puede consultar los autos y, en su caso, obtener copias de los mismos, y el problema se presenta en el momento en que son un elemento necesario para determinar o no la existencia de un hecho ilícito, como puede ser la falsificación o modificación de documentos, señaló.
La diputada panista precisó que con la norma actual es imposible que en una averiguación de carácter penal se realice alguna prueba directa, de grafoscopía, edad legal, entre otras.
Por ello, detalló que la iniciativa plantea otorgar facultades a las autoridades ministerial y judiciales en materia penal para que tengan acceso a los autos, con la única condición de que los documentos no sean destruidos o alterados en el transcurso de la investigación.
Así, se propone un segundo párrafo al Artículo 1067 que especifique que cuando “exista una investigación o un procedimiento penal con relación a los autos o documentos base de la acción, podrán ser solicitados por la autoridad investigadora o el juez penal”.
Sosa Govea aclaró que la restricción prevista en el primer párrafo de ese artículo no será aplicable a las solicitudes en materia penal y podrán trasladarse al lugar en que la autoridad considere pertinente para la realización de la investigación.
Además, la iniciativa, turnada a las Comisiones de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos del Senado, señaló que “los autos o documentos solicitados por el órgano investigador o judicial no podrán ser modificados o alterados y deberán devolverse en las condiciones en las que fueron entregados”.
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