MVS. Con el voto en contra del magistrado Flavio Galván Rivera, el Tribunal Electoral Federal, revocó la resolución que en su momento tomó el INE de dejar sin ningún tipo de sanción en contra del gobernador de Nayarit, Roberto Sandoval Castañeda, luego de que durante el pasado periodo de campaña electoral, se acusó a “algunos partidos y candidatos de oposición de agrupar a miembros del crimen organizado y de respaldarlos con dinero provenientes del narcotráfico”.
Los magistrados se sumaron a la ponencia del magistrado, Pedro Esteban Penagos López, donde se desestimaron los recursos de queja que presentaron por separado el PAN y del PRD, en cuanto a calumnia y denigración, debido a que “el señalamiento emitido por el referido gobernador en el sentido de que los miembros de la delincuencia se están reagrupando en otros partidos no implica necesariamente que sean el Partido Acción Nacional o el de la Revolución Democrática a los que se les imputan tales actos pues existe la posibilidad de que pueda ser algún otro por el tipo de expresión y contexto”.
El magistrado Flavio Galván Rivera, argumentó que su voto en contra del proyecto, era porque quien debería de resolver este asunto es el Instituto Electoral del estado de Nayarit y no el INE.
“Lo que he dicho es que no se configuran, no se concreta ninguno de los supuestos de competencia del Instituto Nacional Electoral, porque no se hizo en el tiempo del Estado, y la denuncia es infracción al artículo 41, párrafo segundo, base tercera, que es calumnia y denigración en la propaganda político-electoral. No es propaganda electoral, de la naturaleza a la que se refiere el artículo 41 de la Constitución. Fue una declaración, fue una entrevista. Del contenido de esa declaración es responsabilidad del servidor público, no es adquisición de tiempo en radio y televisión por parte del servidor público, y no se trata de una elección federal. Es lo único que he dicho, por tanto no es competencia del Instituto Nacional Electoral”.
Al razonar su voto a favor del proyecto, la magistrada, María del Carmen Alanís Figueroa, expuso que todos los servidores públicos deben de conducirse con imparcialidad.
“La responsabilidad del servidor público de conducirse con imparcialidad en cuanto a su actuación en caso concreto, en cuanto a sus declaraciones dentro de un proceso electoral en donde hace referencia concreta a partidos políticos distintos al que él pertenece, no me refiero nombre de los partidos políticos, pero no se necesita mucha sagacidad para decir “todos, menos al que yo pertenezco”, pues el gobernador, si no me equivoco, pertenece al Partido Revolucionario Institucional, y hay una coalición en la que participa su partido político en ese proceso electoral. En el proyecto, se desestima la calumnia en el sentido de que no hay una declaración concreta a los partidos políticos. En las discusiones previas también discutíamos si estamos hablando de personas, partidos políticos, etcétera”.
También momentos antes de emitir su voto a favor del proyecto, el magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar, calificó de “gravísima” las acusaciones del mandatario de Nayarit, Roberto Sandoval Castañeda, en contra de los partidos políticos de oposición.
“Es una pena que estemos valorando –digamos- las declaraciones de un político; sin embargo, está regulado, y también me parece que, sin embargo, como bien dijo el Magistrado González Oropeza y que también dijo el Magistrado Penagos, las declaraciones son gravísimas para cualquier persona, más tratándose de un gobernador. Es bueno que se hable de corrupción y de delincuencia en el debate político, pero son declaraciones que tienen que probarse. Es decir, creo que lo dijo con mucha finesa el Magistrado González Oropeza, deberían estar en otro terreno, si se habla de este tema, pues debería haber alguna imputación o alguna denuncia de carácter penal. No lo hay, creo que es evidente que las declaraciones de un peso político como las que tiene un gobernador vulneran por completo la imparcialidad y que no estamos en condiciones de equidad para un proceso electoral y por estas razones, Señor Presidente, sí acompaño el proyecto”.
De esta forma con el voto mayoritario, los magistrados revocarla resolución del INE, “por lo que toca el principio de imparcialidad exclusivamente en la vertiente de intervención del servidor público para el efecto de que emite una nueva determinación en la cual se tenga por acreditada la falta, y con plena libertad resuelva sobre la posible responsabilidad del Partido Revolucionario Institucional.
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