Notimex. El Consejo General del INE aprobó la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los estatutos del Partido Revolucionario Institucional (PRI), entre ellos, la creación de una Comisión Especial que vigilará la postulación de candidatos con paridad de género.
“En realidad no se trata de grandes modificaciones, pero sí de adecuaciones necesarias para atender el espíritu de la reforma político-electoral aprobada en febrero pasado”, aclaró José Antonio Hernández, representante del PRI ante el órgano electoral.
Durante la sesión extraordinaria, dijo que los cambios a la organización interna, buscan hacer más eficientes la atención de algunos temas que han venido ganando importancia.
“Para ello aprobamos, entre otras cosas, la creación de una Comisión Especial que vigile la postulación de candidatos con paridad de género”, subrayó.
Hernández Fraguas resaltó que con estos cambios el Revolucionario Institucional refrenda su votación y el apego a las normas que rigen la materia electoral.
Entre ellas, añadió, las que mandatan el establecimiento de mayores garantías para sus militantes en el uso y defensa de sus derechos intrapartidarios, que se traduce en favorecer su prerrogativa de acceso a cargos de elección popular.
“Llega puntual este proyecto de acuerdo, de cara al ya próximo inicio de nuestros procesos internos de postulación de candidatos, para llevarlos a cabo como una más sólida plataforma, que permitirá que la competencia interna entre los aspirantes sea muy clara y justa”, comentó.
Hernández Fraguas resaltó que el PRI trabaja en ajustes como los que este miércoles merecen la aprobación del Consejo, pero también con una nueva actitud de responsabilidad ante los ciudadanos, que habrán de sufragar el próximo año en las elecciones federales y en las locales concurrentes.
Al respecto, el Artículo 42 de los Estatutos del PRI establece que en los procesos electorales federales y estatales que se rigen por el principio de mayoría relativa, “el partido impulsará, en términos de equidad, que no se postule una proporción mayor del 50 por ciento de candidatos propietarios de un mismo sexo, salvo el caso en que sea consultada la militancia”.
En los candidatos suplentes, el partido garantizará la paridad de género.
Mientras que el Artículo 42 Bis, establece que “el partido se compromete con las mujeres a: impulsar su desarrollo para que accedan a cargos de dirigencia y elección popular, así como proporcionar capacitación política e ideológica para promover su desarrollo político.
Además, respetar las acciones afirmativas adoptadas para la creación de mayores y mejores oportunidades para el ejercicio de sus derechos políticos y alentar sus expresiones sociales, políticas y culturales.
De igual forma, deberán garantizar la participación de las mujeres al menos en el porcentaje que establece la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales en las postulaciones de candidatos, sin excepción.
“Se declara la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los Estatutos del Partido Revolucionario Institucional, conforme al texto aprobado por LVIII Sesión Ordinaria del Consejo Político Nacional, celebrada el día 8 de agosto de 2014”, se informó durante la sesión.
Lo anterior, toda vez que el mencionado partido político dio cabal cumplimiento a lo previsto en el Artículo Transitorio Séptimo de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, relacionado con el Artículo Transitorio Quinto de la Ley General de Partidos Políticos.
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