Proceso.- El secretario general de la ONU, Ban Ki-moon, urgió al Estado mexicano a llevar a cabo una investigación “meticulosa” en todos los casos de desapariciones, en particular la de los 43 normalistas de Ayotzinapa.
También defendió el derecho a la libertad de expresión y la necesidad de canalizar las legítimas demandas “de manera pacífica y con completo respeto a los derechos humanos y el Estado de Derecho”.
Ki Moon hizo llegar estas reflexiones a través de un portavoz quien, en breve entrevista, hizo saber que el líder máximo de la ONU, está entristecido por los hechos registraos en el pasado 26 de septiembre en Iguala, Guerrero: la desaparición de 43 normalistas de Ayotzinapa, la muerte de seis personas –tres de ellos aspirantes a maestros– y las lesiones sufridas por 20 más.
Además, se solidarizó con las familias afectadas y con el pueblo de México, al tiempo que urgió a llevar a cabo una investigación meticulosa en este y en todos los casos de desapariciones, como lo han solicitado ya el Sistema de la ONU en México, el Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos y los tres Procedimientos Especiales de la ONU.
Ki Moon saludó las acciones realizadas por las autoridades, las víctimas y sus representantes para permitir que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos apoye las investigaciones en curso.
“Naciones Unidas, a través del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, está lista para apoyar al Gobierno mexicano para atender los retos actuales”, dijo el portavoz de la ONU.
Coincidentemente, este viernes la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) también destacó la urgencia de que la autoridad esclarezca la desaparición forzada de los 43 normalistas, a fin de conocer la verdad, hacer justicia y castigar a los responsables.
“Nada hay –ni social ni jurídicamente— que impida la legítima aspiración de hallar con vida a esos jóvenes, por lo cual no deben adelantarse conclusiones sobre su paradero”, enfatizó el organismo mediante un comunicado.
Añadió que la desaparición forzada, de acuerdo con los estándares internacionales en la materia, tiene como efecto jurídico que mientras la persona no recupere su libertad o se determine su paradero, no es posible comenzar a contar el término de prescripción de la acción penal, pues la actividad consumativa perdura en el tiempo.
“Para este Organismo nacional y con base en los mencionados estándares, los casos de esta naturaleza en que aún no se ha establecido el paradero de la víctima son delitos continuos o permanentes”, subrayó la CNDH.
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