Por: Elena Domínguez Serrano.
Modificación a los límites de velocidad, actualización al tabulador de infracciones, norma a transportistas para regular paradas, introducción de infracción digital y el cambio a los niveles de alcohol permitido para llevar a cabo el operativo alcoholímetro, representan algunos de los puntos más importantes en el Reglamento de Tránsito.
En sesión ordinaria de Cabildo, se aprobó el dictamen de Reglamento de Tránsito aprobado en comisiones la semana pasada, el documento destaca la jerarquía de la movilidad, poniendo en la cúspide al peatón a través del establecimiento de sus derechos y obligaciones, así como la inclusión de un capítulo para ciclistas.
En su intervención, el regidor Adán Domínguez enfatizó que este reglamento fue modificado con base en las necesidades ciudadanas, pues a diario se realizan 3 millones 500 mil viajes, más del 80% de la población camina y utiliza el transporte público, tan sólo en 2014 se registraron 415 atropellamientos en la capital, y los registros indican que hay más de 500 mil vehículos que generan gases contaminantes que afectan negativamente la ecología y la salud.
Reglamento de Tránsito destaca:
- El programa alcoholímetro, se homologó a la Norma Oficial Mexicana, por lo que no se permitirá conducir con un grado superior de intoxicación superior a 0.07 miligramos de alcohol.
- El transporte público deberá hacer sus paradas en los lugares señalados, de no ser así se hará acreedor a una multa mayor a la establecida.
- Se aprueba el uso de terminales bancarias para los agentes de tránsito, con el objetivo de que los conductores puedan pagar su infracción en el momento que son amonestados.
- Las modificaciones establecen que la velocidad máxima para autos que circulen en avenidas del Centro Histórico, donde haya escuelas, hospitales y parques, no sea mayor a 30 kilómetros por hora, asimismo se establece que la velocidad en calles secundarias no deberá rebasar los 50 kilómetros por hora y en las primarias de 70 kilómetros por hora.
- Se refirió que el reglamento no contempla otros dispositivos -diferentes a los cinemómetros aprobados en 2008- para medir la velocidad, como fotomulta.
En tanto, Iván Galindo mencionó que adicional a todas las normas que se hicieron, también destaca reforzar el derecho de los automovilistas cuando hay inconsistencias en su proceso de multa, ahora, podrán escribir tras su boleta comentarios que serán remitidos a la Contraloría Municipal, para dar certeza de denuncias a los agentes de tránsito.
Necesaria la difusión del Reglamento a los ciudadanos
Durante la sesión de Cabildo, la regidora Esther Gámez, invitó al presidente municipal a promover una campaña informativa a los ciudadanos, que pueda llevarse a cabo en los próximos 6 meses, mientras entra en vigor el Reglamento de Tránsito, ésto con el objetivo de ejecutar de la mejor manera la norma.
En ese sentido, el alcalde Antonio Gali, se comprometió a editar una publicación a través de la editorial del ayuntamiento, “3 Norte”, para la publicación de los cambios más importantes al Reglamento de Tránsito y las personas lo puedan conocer.
Tabulador de infracciones
En entrevista posterior a la sesión ordinaria de Cabildo, el regidor Adán Domínguez, presidente de la Comisión de Movilidad Urbana del ayuntamiento, comentó que éste es tan sólo el primer paso de muchos que se requieren para mejorar la movilidad en la ciudad, destacó que el proceso para llevar a cabo esta tarea fue plural y transparente.
Finalmente dio a conocer la actualización en el tabulador de infracciones
Nuevas sanciones:
3 | Ofender, insultar o denigrar a los agentes en el desempeño de sus funciones | Artículo 294 fracción XVI | Multa de 12 a 20 días |
26 | Increpar al peatón cuando le corresponda el Derecho de Preferencia | Artículo 258 fracción II | Multa de 2 a 4 días |
28 | Transitar o Invadir Ciclovía y ciclo-carril | Artículo 294 fracción XXIV | Multa de 2 a 4 días |
29 | Cruzar una intersección cuando los semáforos lo permitan pero no exista espacio suficiente para terminar de cruzarla y se bloquee el paso de personas o vehículos. | Artículo 314 fracción VIII | Multa de 8 a 12 |
34 | No disminuir la velocidad a 30 Km por hora en las calles del centro histórico, calles locales, zonas escolares, de hospitales, parques, centros comerciales, de espectáculos y demás centro de reunión. | Artículo 302 fracción III | Multa de 12 a 20 días |
112 | Hacer paradas en lugares distintos a los señalados para tal efecto, así como realizar las maniobras de ascenso o descenso de pasajeros, en carril distinto al de extrema derecha. | Artículo 265 fracción IV | Multa de 80 a 100 días |
126 | Circular fuera de la ruta autorizada por la autoridad competente | Artículo 265 fracción XI | Multa de 20 a 30 días |
127 | Hacer base y/o uso de relojes checadores en el Centro Histórico | Artículo 265 fracción XII | Multa de 20 a 30 días |
128 | Estacionarse o pernoctar sobre vialidades primarias y secundarias a los conductores de tractocamión articulado ó doblemente articulado | Artículo 284 | Multa de 4 a 8 días |
Modificación de sanciones
63 | Ocasionar atropellamiento de una persona | Artículo 292 | Multa de 80 a 100 días |
30 | Conducir vehículos en algún nivel de intoxicación etílica, bajo el influjo de sustancias psicoactivas, enervantes, psicotrópicos o cualquier otra sustancia que produzca efectos similares. Lo anterior sin prejuicios de solicitar la suspensión o cancelación, en su caso, de la licencia del conductor. En todo caso se retirará de la circulación y se asegurará el vehículo. | Artículos 294 fracción VI | De conformidad al Capítulo 9 “Policía y Gobierno” del Código Reglamentario del Municipio de Puebla. |
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