Notimex. El Tribunal Constitucional de Yucatán resolvió como improcedente la acción por omisión legislativa promovida por tres organizaciones civiles contra el Congreso local, por no legislar para proteger a familias compuestas por parejas del mismo sexo.
El pleno del tribunal discutió y resolvió con siete votos por la negativa y cuatro a favor el proyecto de sentencia elaborado por el magistrado instructor para el caso, Santiago Altamirano Escalante, ponente de ese recurso interpuesto el 19 de mayo de 2014.
El recurso fue interpuesto por las agrupaciones Indignación, Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa (Unasse) y Oasis de San Juan de Dios.
Altamirano Escalante resaltó los antecedentes de los tribunales federales que han fallado a favor de las parejas del mismo sexo, además del hecho de que “al ignorar la petición de esas uniones, se violentan sus derechos a la igualdad y la no discriminación”.
Indicó que la propuesta consideraba otorgar un máximo de dos periodos legislativos para trabajar sobre ese tema, con la consecuente modificación de la ley, para incluirlas en los párrafos referentes al matrimonio civil y la familia.
“El Congreso excluyó legislar en sentido de proteger a las familias del mismo sexo, como manda la Convención Americana de la que forma parte Yucatán”, anotó.
Dijo que tampoco se ha tomado en cuenta lo estipulado en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y políticos, ni la sentencia sobre un recurso de acción de inconstitucionalidad realizada el 22 de marzo de 2012.
“Si el silencio normativo contraviene a obligación de legislar, contraviene el orden constitucional y existe normatividad obligatoria imputable”, acentuó.
A su vez, el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Yucatán, Marcos Celis Quintal, votó a favor de la procedencia de omisión legislativa de parte del Congreso estatal que se niega a legislar respecto de los matrimonios gay.
En la audiencia, expresó que “los legisladores han violentado los derechos de ese sector de la población al negarse a analizar jurídicamente el caso”.
Refirió que el Código Familia que señala como casamiento únicamente la unión entre un hombre y una mujer, “deja de lado a la unión entre homosexuales, que por decisión propia pretenden unir sus vidas legalmente y gozar de los derechos que el matrimonio civil implica”.
Esa posición fue apoyada con votos a favor de Ingrid Priego Cárdenas y José Rubén Ruiz Ramírez.
Mientras tanto, los magistrados Jorge Rivero Evia, Ricardo Ávila Heredia, Luis Felipe Esperón Villanueva, Adda Cámara Vallejos, Mygdalia Rodríguez Arcovedo, Leticia Cobá Magaña y Ligia Cortés Ortega, quienes se pronunciaron por sobreseer el asunto.
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