Notimex. La Cámara de Diputados aprobó por 293 votos a favor, 31 en contra y siete abstenciones el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Civiles, así como de las leyes del Infonavit y Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
El objetivo es facultar a los jueces de distrito civiles federales para conocer controversias que se susciten sobre el cumplimiento y la aplicación de los contratos por los que se otorgan financiamientos de vivienda.
El documento avalado fue turnado a la Colegisladora, que en dichos casos el juez podrá decretar como medida precautoria que los organismos nacionales encargados de financiar programas de vivienda sean depositarios de la vivienda deshabitada para su conservación e integridad y evitar así el deterioro del bien.
Asimismo, precisar que para tal efecto el actor deberá acompañar todos los elementos que permitan acreditar que la vivienda se encuentra deshabitada, mientras que el actuario judicial hará constar el estado de la misma.
El texto señala que el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) brindará opciones que ayuden a los acreditados a conservar su patrimonio, aún en el caso de haberse iniciado procedimiento para la recuperación de las garantías.
Al fundamentar el documento elaborado por la Comisión de Vivienda, el diputado José Adán Abellaneda señaló que en los últimos años diversos factores han incidido en la recuperación de activos para mantener y sostener sanamente los fondos de vivienda.
Entre ellos, dijo, podremos reconocer a las dificultades legales para lograr el resarcimiento oportuno de las garantías constituidas en los créditos otorgados.
Con la finalidad de evitar el deterioro, la depreciación, los riesgos de vandalización e invasión, así como la afectación al valor comercial de los restos de las viviendas que forman parte, inclusive, del mismo conjunto habitacional.
Se propuso que para el caso de impago de créditos de casas deshabitadas, los organismos nacionales encargados de financiarlas se puedan constituir a manera de medida precautoria como depositarios de la misma durante el juicio.
Lo anterior, aclaró, con independencia de que los organismos nacionales continuarán implementando los distintos esquemas de cobranza social para que sigan siendo los beneficiarios sujetos a los derechos de prórrogas en caso de impagos, seguros de incapacidad, etcétera.
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