Notimex. La Secretaría de Gobernación dio a conocer hoy el decreto por el que se reforma el artículo segundo de la Constitución, para asentar los derechos que tienen las mujeres y hombres indígenas a votar y ser votados, de acuerdo con sus prácticas tradicionales, así como a ocupar un cargo de elección popular.
El decreto, publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación establece que se reforma la fracción III, del Apartado A del Artículo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El Apartado A indica que esta Constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para decidir sus formas de convivencia y aplicar sus propios sistemas normativos.
Con la modificación, la fracción III señala que les reconoce y garantiza el derecho a elegir de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno.
Para ello garantiza que las mujeres y los hombres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho de votar y ser votados en condiciones de igualdad; así como a acceder y desempeñar los cargos públicos y de elección popular para los que hayan sido electos o designados.
Además, en ningún caso las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos político electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales.
Este decreto, que entrará en vigor mañana, expone que las Legislaturas de las entidades federativas tienen 180 días para adecuar sus respectivas Constituciones, así como la legislación correspondiente.
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