CNNExpansión. Tres años han pasado desde que el Congreso aprobó la reforma a la Ley Federal del Trabajo.
Pero hasta ahora, las modificaciones no se reflejan en el mercado laboral mexicano, sobre todo en la generación de empleos y flexibilizar las jornadas laborales con nuevos modelos, señalaron analistas.
La Reforma incluyó esquemas como contratación por periodo de prueba, pero hoy son escasas las empresas que implementar criterios para la duración del periodo de prueba y de los requisitos para contrarar o despedir a un empleado en prueba, dijo Jorge Sales Boyoli, director del bufet Sales Boyoli, especialista en derecho laboral.
La meta de incluir en la ley los contratos a prueba, la subcontratación y la capacitación inicial era flexibilizar el mercado laboral para incorporar a más jóvenes. El Gobierno estimó que la Reforma generaría un millón de empleos.
La cifra no se cumplió, dijo Sales, porque la generación de trabajo se relaciona más con el desempeño económico del país que con estos esquemas laborales que, de alguna manera, ya se practicaban en México.
Estos nuevos esquemas, lejos de traducirse en más trabajo formal, quizá han tenido el efecto contrario.
Para algunos empresarios contar con esquemas de contratación temporales (como es el caso de la capacitación inicial), ha sido una vía para abrir más empleos eventuales que formales, señaló Claudia Hernández, abogada laboral adscrita a la UNAM.
A partir de la Reforma Laboral, los principales estados donde ha aumentado la proporción de empleados temporales y no fijos son Hidalgo, Quintana Roo, Tlaxcala y Guerrero, dijo la abogada, citando datos registrados por por el IMSS.
Los puntos aprobados por el Congreso mexicano para crear más empleos tienen sus “claro oscuros” porque los patrones no están obligados a reportar, al menos no por consecuencia de la Reforma, dijo Sales.
“Hoy no existe en el país litigio (definitivo) sobre empleado a quien se haya dado por terminado la relación laboral en la modalidad contratación por periodo de prueba”, agregó el abogado. “Tampoco claridad sobre cómo emplear por horas. La reforma vive tras su aprobación muchos huecos”.
Sin grandes resultados
Estos son otros escenarios laborales sin avance significativo a partir de la Reforma, aun cuando se promovieron como importantes para flexibilizar el mercado:
– Bienvenido home office. En el artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo, donde se establece el Trabajo a Domicilio, se agregó una nueva categoría: actividades que se realizan a distancia utilizando tecnologías de información (home office).
El trabajo a distancia o desde casa es una de las modalidad más eficientes para reducir costos de arrendamiento de inmuebles, explicó Óscar de la Vega Gómez, socio director de la firma de abogados Littler, De La Vega y Conde.
“Pero aún hay vacíos legales sobre cómo funcionan esos trabajadores”, agregó el abogado.
Estos empleados, aunque estén en casa, necesitan claridad sobre seguridad social, tener bien identificado quién proporciona las herramientas de trabajo y cómo participarán del concepto de capacitación que debe proveer el patrón, explicó De la Vega.
El abogado laboral agregó que el home office requiere claridad legal y operativa para ver cómo se controla la jornada de trabajo, lo cual está como asignatura pendiente.
– Empleos que pagan por hora El documento aprobado por el Congreso estableció una reforma al artículo 83, relacionada con una modalidad de pago por hora.
“En la práctica no es real que esta propuesta haya generado oportunidades de trabajo, porque su redacción no fue lo suficientemente clara respecto a la cantidad mínima que debe pagarse al trabajador, lo cual desincentiva el uso de este esquema”, afirmó De la Vega.
De acuerdo a lo establecido en la Reforma el pago no podrá ser inferior al que corresponde a una jornada diaria, así que el empleador sigue cuestionándose si es más elevada la contratación por esta vía, a emplear bajo la modalidad tradicional, dijo el abogado.
– Confusión para outsourcing. “Es uno de los temas más polémicos de la Reforma Laboral”, afirmó el director de Littler. La razón es que si bien la Reforma planteó regular la subcontratación para evitar la evasión de obligaciones por parte del patrón, en la forma como se redactó el documento podría caerse el riesgo de que existan dos relaciones de trabajo, una con el contratista y otra con el contratante.
“En este caso el trabajador tendría derecho, por parte de ambos patrones, al pago de su salario, aguinaldo y otras prestaciones. Es decir las cosas al doble lo cual es ilógico jurídicamente”, detalló Oscar de la Vega.
Para aclarar el asunto, explicó el abogado, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje aclaró que en caso de que el contratista (firma de Outsourcing) incumpla con sus obligaciones laborales y de seguridad social, entonces el contratante “entre en acción” y deberá cumplir con ellas de forma solidaria. ¿El gran problema?, que no existen criterios por parte del Poder Judicial de la Federación, así que en caso de que no se cumpla alguna obligación con el empleado, el proceso para ver quién responde por él sería más problemático y con incertidumbre.
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