Notimex. La Comisión Estatal Electoral (CEE) aprobó los nuevos lineamientos que deben cumplir las organizaciones ciudadanas que pretendan constituirse como partido político estatal, los cuales serán efectivos en 2017.
El órgano colegiado señaló que con motivo de la reforma político- electoral de 2014 se modificaron los requisitos y el procedimiento para el registro de un partido local, estableciéndose cambios sustanciales en la abrogada Ley Estatal Electoral (LEE).
Entre éstos, apuntó, destaca la atribución de los Organismos Públicos Locales Electorales para certificar la celebración de asambleas municipales o distritales, de la organización que pretenda constituirse como partido estatal, ya que en la anterior LEE, la facultad era de un notario público.
Agregó que también se resalta que para afiliar ciudadanos, la organización deben efectuar asambleas distritales o municipales, y anteriormente, se establecían sólo asambleas municipales.
Detalló que ahora se requiere contar con mínimo 9 mil 573 afiliados, que es el equivalente al 0.26 por ciento del padrón electoral utilizado en la última elección (3 millones 682 mil 177 electores).
Antes, indicó, se establecía que deberían contar con un mínimo de 4 mil afiliados enlistados en el padrón interno.
Se establece, además, que el número de afiliados en cada asamblea distrital o municipal, no puede ser menor al 0.26 por ciento del padrón electoral del municipio o distrito que corresponda, cuando anteriormente era un mínimo de 30 afiliados en el padrón interno del municipio en cuestión.
Otro requisito notable, indicó, es la celebración de una asamblea en por lo menos 34 de los 51 municipios del estado, o 17 de los 26 distritos electorales locales, cifras equivalentes a dos terceras partes de los municipios o distritos electorales del estado, como señala la Ley.
Anteriormente, refirió, se requería tener representación en mínimo 15 municipios de la entidad.
El CEE subrayó que en cuanto a la constitución como partido político estatal, la organización ciudadana debe informar a la CEE su propósito de obtener el registro como entidad política local, en enero de 2016, ya que la normativa indica que debe ser en enero del año siguiente al de la elección de gobernador.
La organización, continuó, deberá presentar a la CEE, una declaración de principios y, en congruencia con éstos, su programa de acción y los estatutos que normarán sus actividades.
Además, la agrupación deberá celebrar asambleas con las personas afiliadas de la Organización Ciudadana, en cuando menos 34 de los 51 municipios de Nuevo León; o 17 de los 26 distritos electorales locales.
Destacó que el registro de los partidos políticos surtirá efectos constitutivos a partir del 1 de julio de 2017, conforme a la LEE, que para ello señala el primer día del mes de julio del año previo al de la elección.
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