Pide INAI a SEP dar a conocer estrategia con maestros que aprueben evaluación de desempeño

Written by Redacción. Posted in Minuto a Minuto, Nacional, Noticias Destacadas

Published on diciembre 09, 2015 with No Comments

inaiAgencias. La Secretaría de Educación Pública (SEP) deberá buscar y dar a conocer el listado de participantes en la primera etapa de evaluación de desempeño docente y de quiénes han entregado la información sobre el cumplimiento de responsabilidades profesionales y evidencias de enseñanza, al día 20 de julio de 2014, así como la estrategia a seguir para aquellos que no obtengan resultados satisfactorios, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

En respuesta, a un particular que solicitó dicha información, así como los criterios para seleccionar a los maestros en servicio que participan en la evaluación de desempeño docente de este año, el sujeto obligado, proporcionó las etapas en las que se llevará a cabo el proceso, así como los instrumentos para docentes y personal con funciones de dirección de Educación Básica y docentes de Educación Media Superior.

Señaló que los listados de personas que deben ser evaluados, debían ser solicitados a las autoridades educativas de cada estado del país, para lo cual proporcionó las ligas electrónicas de los mecanismos de transparencia de cada entidad.

Indicó que los resultados de los docentes evaluados se entregarán de conformidad a lo establecido en los lineamientos que al efecto emita el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, y según el artículo 7, fracción III, de la Ley General del Servicio Profesional Docente; y en relación a los docentes que no obtengan resultado satisfactorio se deberá observar lo establecido en el artículo 53 de la misma Ley.

Inconforme, el particular interpuso recurso de revisión ante el INAI, turnado al comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov, en el que manifestó que se le entregó información no solicitada.

Apuntó que la Ley General del Servicio Profesional Docente, menciona que las autoridades  docentes, incluidas la SEP, deberán evaluar el desempeño docente; además que la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente del sujeto obligado es quien tiene una liga electrónica para que los docentes suban la información sobre el cumplimiento de responsabilidades profesionales y evidencias de enseñanza.

Precisó que el artículo 53 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, en ningún momento plantea la estrategia de retroalimentación que se debe seguir, por lo que el mencionado artículo no puede considerarse como una respuesta.

En alegatos, el sujeto obligado, modificó su respuesta y entregó,  respecto a los criterios para seleccionar a los maestros en servicio que participan en la evaluación, el  documento denominado “Evaluación del desempeño, ciclo escolar 2015-2016. Primera Etapa”, el cual establece las reglas, los principios o ideas que deberán emplear las autoridades educativas para seleccionar al personal que participa en el proceso.

En cuanto al resto de lo solicitado, reiteró su respuesta original.

En el análisis del caso, el Instituto precisó que los lineamientos para llevar a cabo la evaluación del desempeño, establece que a la SEP le corresponde integrar los resultados obtenidos por los evaluados.

Además, se encargará de emitir un dictamen con los resultados individualizados de la evaluación del desempeño y serán acompañados de observaciones específicas y generales que permitan a los docentes, identificar las capacidades, los conocimientos y competencias profesionales que necesiten fortalecer. Por tanto, se infiere que puede contar con una lista de personas que deben ser evaluados en la primera etapa.

De igual forma, el Informe de cumplimiento de responsabilidades profesionales y del expediente de evidencias de enseñanza, forman parte de la Evaluación de Desempeño y el sujeto obligado es el encargado de integrar los resultados obtenidos y emitir un dictamen con los mismos.

Precisó que es el artículo 54 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, el que establece que la SEP es la encargada de emitir los lineamientos generales para la definición de los programas de regularización de los docentes; por ende, debe saber las estrategias de retroalimentación que se tiene planeada para aquellos que no obtengan resultados satisfactorios.

“La evaluación educativa contribuirá al fortalecimiento de las prácticas de enseñanza. Ello, debido a que sus resultados aportarán información que retroalimente a los maestros, para mejorar su quehacer profesional. Dará un informe globalizador sobre el estado del sistema educativo, es decir, para demostrar su estado de salud”, apuntó el ponente.

Por lo anterior, el Pleno del INAI, a propuesta del comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov, modificó la respuesta  de la SEP y le instruyó a que realice una nueva búsqueda en la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente y proporcione la información, en los términos referidos.

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