Redacción. El ministro Arturo Zaldívar presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una propuesta para otorgar un amparo a una mujer de 41 años que acudió a una clínica privada para terminar su embarazo de 17 semanas, luego de que el ISSTE la rechazara. La mujer puso en marcha una iniciativa para que el aborto deje de ser tipificado como un delito a nivel federal.
Lo que se buscaba era declarar como inconstitucional los artículos 332 y 334 del Código Penal Federal, que criminalizan el aborto voluntario. El principal argumento del ministro Zaldívar es que los artículos constitucionales atentan contra el derecho a la salud, a la igualdad y al libre desarrollo de las mujeres, ya que la decisión de interrumpir un embarazo debe ser absolutamente personal.
El Código Penal en nuestro país castiga con un periodo de 6 meses hasta 5 años de prisión a las mujeres que se practican un aborto injustificado. La SCJN resolvió este miércoles durante una sesión pública, negar el amparo solicitado por la defensa de una mujer cuyo embarazo estaba considerado de alto riesgo y cuyos antecedentes genéticos tenían altas posibilidades de afectar al feto. Según unas pruebas que le realizaron a las 15 semanas de gestación, el producto padecía síndrome de Klinefelter, por lo que este no iba a poder desarrollar sus genitales en la pubertad.
La mujer, llamada por los medios “Margarita N” impugnó los artículos 333 y 334 del Código Penal Federal, alegando que no existe una causal en nuestro país que permita que las mujeres interrumpan el embarazo si su vida corre peligro.
Según diversos medios, la implicada tiene documentado médicamente que padece de riesgo de diabetes, trombosis, úlcera interna, preeclampsia y obstrucción intestinal.
Para Zaldívar, la resolución de la corte es un retroceso importante en materia de derechos humanos, ya que se les niega a las mujeres decidir libremente sobre sí mismas y sobre su cuerpo:
“Estas disposiciones parten de la idea de que las mujeres tienen que cumplir un rol de madres independientemente de las valoraciones internas que pueda tener una mujer para abortar (…). De tal forma, las disposiciones legislativas que impiden el acceso de las mujeres a la interrupción del embarazo, constituyen una forma de discriminación basada en género“, afirma el proyecto de Zaldívar. (Vía Aristegui Noticias)
El fallo de la Corte se dio con tres votos a favor y uno en contra. Los ministros José Ramón Cossío Díaz, Norma Lucía Piña y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, se negaron a conceder el amparo reclamado por Zaldívar.
Según la Organización Mundial de la Salud, la práctica de abortos clandestinos, unos 22 millones al año, deja un saldo de 47 mil muertes, además de que con frecuencia afecta la salud de las mujeres que acuden a este tipo de clínicas. En México se aplican 30 mil abortos al año.
Recordemos que la Ley General de Salud de CDMX despenalizó el aborto hasta la 12 semanas de gestación. Aún así hay un vacío legal para aquellos casos en que se sobrepone el interés social de que la gestación llegue a su fin, sobre la integridad física de las mujeres embarazadas.
(Con información de plumasatomicas.com)
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