Agencias. La secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) informó que las oficinas consulares ya podrán expedir actas del registro civil a favor de los mexicanos que radican fuera del territorio nacional que no fueron registrados en su oportunidad en México.
Lo anterior a partir de este martes 23 de agosto de 2016 que entra en vigor el Decreto por el que se reforma el artículo 82 del Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.
“Paralelamente evitará el desplazamiento de los connacionales a territorio nacional para realizar los trámites de su registro, lo cual por su situación migratoria puede colocarlos en un estado de vulnerabilidad”, enfatizó la cancillería.
Por último, la dependencia emitirá los lineamientos respectivos para asegurar el registro de esos mexicanos en las oficinas consulares.
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