TEPJF ordena a Congreso de Chiapas reconocer a Rosa Pérez como alcaldesa de San Pedro Chenalhó

Written by Redacción. Posted in Chiapas, Estados, Minuto a Minuto

Published on agosto 18, 2016 with No Comments

Rosa Pérez PérezAgencias- Los cargos de elección popular no son renunciables, sólo se puede pedir licencia por tiempo indefinido, fue alguna de las aclaraciones de los integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, una vez que ordenaron al Congreso del Estado de Chiapas, reconocer como presidenta municipal de San Pedro Chenalhó, a Rosa Pérez Pérez.

Con la determinación decretada por unanimidad, los magistrados de la máxima instancia de justicia electoral del país, revocaron el decreto emitido por el Congreso del estado de Chiapas, del pasado 25 de mayo y que había declarado la renuncia al cargo de la primera presidenta municipal mujer en dicho municipio de Rosa Pérez Pérez y nombrado en el encargo a Miguel Santiz Álvarez.

Al sumarse a la ponencia del Magistrado Presidente, Constancio Carrasco Daza, el magistrado, Pedro Esteban Penagos López, afirmó que en contra de Rosa Pérez Pérez, existió violencia política y de género, ya que fue obligada a firmar la renuncia al cargo.

“Tuvo por presentada la renuncia al cargo de ésta como presidenta municipal electa de San Pedro Chenalhó y, desde luego, una renuncia que fue, en su caso, documentada, contra la voluntad de la propia presidenta municipal, bajo presión y violencia política y de género. ¿Por qué? Existen autos, elementos suficientes para advertir el contexto de coacción y violencia política que motivaron la renuncia de la actora, pues, como presidenta municipal”.

La y los magistrados, vincularon a las autoridades del estado de Chiapas, para que generen condiciones de seguridad para que la presidenta y el cabildo ejerzan sus funciones en un ambiente de tranquilidad.

Es la voz del magistrado, Flavio Galván Rivera.

“La Constitución establece, lo sabemos todos, que nadie puede hacerse justicia por propia mano, nadie puede ejercer violencia para hacer valer sus derechos en términos del artículo 17 de la Constitución, para eso están y deben estar los tribunales, pero también en ello deben participar los demás órganos de autoridad cada uno en el ámbito de su competencia, ejerciendo la autoridad que les corresponde, cumpliendo la responsabilidad que les atribuye la legislación aplicable, garantizando orden, orden conforme a derecho, orden en términos del sistema democrático constitucional que nos hemos dado. Cuando este orden constitucional se quebranta, el Estado de Derecho tiene que aplicar las vías correspondientes, trátese de hombres o de mujeres, los que sean sujetos pasivos de violencia”.

En tanto que la magistrada y promotora en la defensa de los derechos de la mujer en todos los sentidos, María del Carmen Alanis Figueroa, explicó la importancia de restituir los derechos como presidente municipal a la primera mujer que ha sido elegida para ese puesto, con más de ocho mil votos.

“A Rosa Pérez le toca ser la primera mujer en desempeñar ese cargo y en demostrar que el hecho de ser mujer no implica incapacidad para decidir y gobernar y, por supuesto que en esos casos también existirían las vías conforme a derecho para inconformarse del desempeño de cualquier servidora o servidor público”.

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