Comunicado Oficial. El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) dar a conocer el total de unidades de antibióticos que autorizó importar, entre enero de 2000 y agosto de 2016, desglosado por año.
Un particular solicitó a la Cofepris le indicara el número total de unidades de antibióticos importadas por nuestro país con su autorización, de enero de 2000 a agosto de 2016, y desglosado por año.
En respuesta, la dependencia se declaró incompetente y señaló que, de acuerdo con la Ley Aduanera, el Servicio de Administración Tributaria es la instancia que podría conocer del tema.
Inconforme con lo anterior, el peticionario presentó un recurso de revisión ante el INAI; no obstante, en alegatos, el sujeto obligado reiteró que no le correspondía el control de las mercancías ingresadas al país.
Al presentar el caso ante el Pleno, la comisionada Areli Cano Guadiana dijo que asegurar el abasto suficiente de medicamentos es uno de los temas centrales de la política pública en materia sanitaria. Asimismo, subrayó que la Organización Mundial de la Salud ha señalado que la falta de fármacos es uno de los problemas más graves de salud pública a nivel mundial.
La comisionada ponente expuso que una de las vías para lograr el abasto de medicinas en nuestro país es la importación; para ello, explicó, desde 1986 México se incorporó al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, a través del cual se generaron las condiciones para favorecer el ingreso de productos médicos fabricados en el exterior. Esto ha permitido acceder a aquellos que no era posible elaborar localmente, ya sea por las diferencias en el desarrollo tecnológico e, incluso, por cuestiones de patentes; así como generar condiciones para garantizar el abasto ante posibles contingencias que pudiesen superar la producción nacional.
En la presentación del caso, se advirtió que la Cofepris es competente para conocer de la materia de la solicitud, ya que es la instancia encargada de expedir las autorizaciones sanitarias para importar y exportar medicamentos. De la consulta de información pública oficial, se determinó la existencia de trámites para adquirir insumos para la salud en el extranjero, entre estos, los fármacos.
Se verificó que para hacer dichos trámites es necesario requisitar el Formato de Autorizaciones, Certificados y Visitas, en cuyo apartado cinco, denominado “Datos del producto”, se pide especificar, entre otros datos, la unidad de medida, la cantidad de volumen total, los gramos y kilogramos por lote de los productos que requieren de permiso para su importación. En ese sentido, se concluyó que al desahogar dichos trámites, la autoridad sanitaria conoce las unidades de antibióticos autorizados en el plazo referido.
“El derecho de acceso a la información posibilita obtener datos útiles y oportunos que favorezcan el derecho de las personas a la protección de la salud, mediante el conocimiento de los medicamentos traídos del extranjero, y la certeza sobre los riesgos o la inocuidad asociados a ellos, lo que redunda, sin lugar a dudas, a la generación de certidumbre en su uso”, plateó la comisionada Cano.
Por lo expuesto, el Pleno del INAI revocó la respuesta del sujeto obligado y le instruyó hacer una búsqueda en las unidades competentes, a fin de que entregue al solicitante el total de las unidades de antibióticos que autorizó adquirir en otros países, entre enero de 2000 y agosto de 2016, desglosado por año. En caso de que no cuente con la estadística en los términos requeridos, deberá proporcionar los documentos fuente, es decir, los permisos sanitarios de importación, debiendo proteger la información confidencial.
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