Tribunal Electoral convalida mayoría de ajustes sobre fiscalización

Written by Redacción. Posted in Minuto a Minuto, Nacional, Noticias Destacadas

Published on febrero 23, 2017 with No Comments

TEPJFNotimex.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad, la mayor parte del acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) mediante el cual se modificaron diversas disposiciones del Reglamento de Fiscalización.

Por ello sólo le ordenó unificar el uso de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y establecer los montos a partir de los cuales se debe formalizar un contrato en la utilización de recursos públicos.

Al resolver los recursos de apelación 51, 58, 62 y 63 de 2017 acumulados, promovidos por los partidos Morena, Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y del Trabajo (PT), los magistrados consideraron fundado el agravio.

Lo anterior en el sentido de que el Artículo 261 del Reglamento de Fiscalización no era acorde con los principios de certeza, seguridad y proporcionalidad, al omitirse el monto a partir del cual los sujetos obligados deben celebrar un contrato.

El Pleno también estimó fundado el alegato de que los numerales uno, dos y cuatro del Artículo 83 del citado Reglamento violaban los principios de certeza, legalidad y seguridad jurídica.

Ello toda vez que en dos párrafos esencialmente iguales que regulan la relación de los sujetos obligados con los proveedores y prestadores de servicios se utilizan dos referencias cuánticas al monto, esto es en uno se refieren a salarios mínimos y en otro a la UMA.

En este sentido concluyó que por mandato constitucional debió eliminarse cualquier referencia a los salarios mínimos, razón por la cual la autoridad responsable deberá ajustar el Reglamento a efecto de dejar un solo apartado del Artículo 83, con referencia exclusivamente a la UMA.

Respecto del resto de temas objeto de la controversia, la Sala Superior confirmó la facultad reglamentaria, así como las modificaciones en materia de notificaciones electrónicas, y obligaciones de los proveedores inscritos en el Registro Nacional de Proveedores.

Asimismo la matriz de precios, informe de capacidad económica, sujetos obligados a responder a la Unidad Técnica de Fiscalización, requisitos de los comprobantes de las operaciones, y control de las transferencias.

También pruebas selectivas, responsabilidad financiera del órgano partidista nacional en relación a los órganos partidistas estatales en el sistema de contabilidad en línea y los requisitos de los comprobantes fiscales.

En otro asunto, promovido por Morena, confirmó la modificación al anexo 10.1 del Reglamento de Elecciones del INE, relativo al procedimiento para la captura de información en el Sistema Nacional de Registro de precandidatos, candidatos, aspirantes y candidatos independientes.

Por mayoría de votos, el Pleno calificó de infundado considerar excesivo el requisito de capturar la fotografía en el Sistema Nacional de Registro, a fin de identificar al sujeto obligado, pues su identidad no se colma con la presentación de la copia de la credencial para votar.

Lo anterior porque la imagen contenida en copia de dicho documento oficial puede no estar actualizada o no contar con una resolución suficiente para identificar plenamente a la persona solicitante del registro.

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