TEPJF declara improcedentes medidas cautelares contra PRI y Meade

Written by Redacción. Posted in Minuto a Minuto, Política

Published on diciembre 23, 2017 with No Comments

TEPJFAgencias. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró improcedente, por unanimidad de votos, la solicitud de adopción de medidas cautelares, solicitada en contra del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y José Antonio Meade Kuribreña, por la difusión de un video, a través de la plataforma YouTube y la edición digital del periódico El Universal, y que anteriormente fueron desestimadas por la la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE).

El órgano jurisdiccional también confirmó, en sesión privada, el acuerdo de dicha comisión, en la que determinó la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas contra dos videos editados en forma de spot que fueron difundidos a través de Twitter y el periódico digital SDPNoticias.

Al resolver el recurso de queja, el TEPJF indicó que las razones que sustentaron los argumentos del PRD ya no existen, toda vez que alegaba que se trataba de actos anticipados de precampaña, y la precampaña ya está en curso, por lo que ya no era procedente suspender la difusión de dicho contenido.

Por otra parte, la Sala Superior confirmó la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas por el PRD en contra de Meade Kuribreña y el PRI, por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña, uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada y violación a las reglas de propaganda de campaña, por la difusión a través de Twitter y un medio de comunicación digital, de videos editados en forma de spot.

Los magistrados desestimaron los agravios formulados por el PRD y consideró infundado el alegato de que la Comisión de Quejas del INE realizó una interpretación errónea del elemento subjetivo para no acreditar los actos anticipados de campaña, consistente en llamado expreso al voto, toda vez que mediante un examen preliminar no se aprecia que se solicite voto a favor o en contra de una candidatura o partido político, se publicite alguna plataforma electoral, o se posicione a alguien con el fin de que obtenga una candidatura.

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