Agencias. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó dos amparos con los que estableció una jurisprudencia mediante la que declara que la prohibición absoluta para el consumo lúdico de mariguana es inconstitucional. Es decir, que cualquier ciudadano podrá solicitar un permiso al Gobierno federal para cultivar y usar la hierba con fines recreativos.
Por cuatro votos a favor y uno en contra, se avalaron dos proyectos presentados por los ministros Norma Lucia Piña Hernández y Arturo Zaldívar. Se aprobaron los amparos en los que reiteraron, por quinta ocasión, la inconstitucionalidad a la prohibición absoluta al consumo recreativo de la mariguana, lo que permitió integrar jurisprudencia.
Con lo anterior, cualquier persona podrá consumir mariguana con fines recreativos, siempre y cuando tenga la autorización de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), y los consumidores no podrán vender ni distribuir a terceros las plantas que cultiven. El amparo, sin embargo, no permite importar la semilla.
La decisión de la Corte fue celebrada por la organización México Unido Contra la Delincuencia, que urgió al Congreso de la Unión a modificar las normativas correspondientes para derogar el modelo prohibicionista actual.
El siguiente paso es que la Suprema Corte notifique su decisión a la Cámara de Diputados con el fin de iniciar el proceso de reforma y asegurar el respeto a los derechos de los usuarios, sin necesidad de que éstos acudan a los tribunales a solicitar un amparo; los legisladores tienen 90 días para hacer los cambios a partir de que el máximo tribunal les notifique esta jurisprudencia.
El titular de la Secretaría de Salud, José Narro, informó que el lunes el responsable de la Cofepris, Julio Sánchez y Tépoz, presentará los lineamientos en materia de control sanitario de la cannabis y sus derivados, para cultivar, comercializar, vender en farmacias, consumir, exportar e importar mariguana con fines medicinales y de investigación.
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