Notimex.- La senadora perredista Angélica de la Peña presentó una iniciativa de Ley Federal de Consulta Popular, que plantea mecanismos y requisitos para esos ejercicios y la figura del recuento de voto por voto en caso de un resultado muy cerrado.
En la propuesta derivada de la reforma al Artículo 35 constitucional destaca que en esas jornadas los ciudadanos acudirían ante las mesas directivas de casilla instaladas por el Instituto Nacional de Elecciones (INE) para expresar un “sí” o “no” a la pregunta a consulta.
En caso de que exista diferencia de un punto porcentual en los sufragios emitidos en la consulta popular entre el “sí”” y el “no”, se contempla el recuento de votos en un plazo de 48 horas.
“Cuando el informe del INE indique que la participación total en la consulta popular corresponda al menos a 40 por ciento de ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de electores, el resultado será vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales” y las autoridades que incumplan con el resultado podrán ser removidas.
En el documento publicado en la Gaceta Parlamentaria del Senado se establece que la solicitud de consulta popular que provenga de los ciudadanos deberá complementarse con nombre completo y domicilio del representante, para recibir notificaciones, así como un anexo con los folios de las credenciales de elector de los peticionarios.
En los casos en que la consulta popular sea promovida por el Presidente de la República, se deberá aprobar por la mayoría de cada Cámara del Congreso.
Si se aprueba, la Cámara revisora la enviará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con la propuesta de pregunta, para que resuelva y notifique sobre su constitucionalidad.
“En ese sentido el papel que se le otorga a la SCJN es para resolver sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta popular, para lo cual revisará que la pregunta que derive directamente de la materia de la consulta no sea tendenciosa o contenga juicios de valor, emplee lenguaje neutro, sencillo y comprensible y produzca una respuesta categórica en sentido positivo o negativo”, detalla.
De igual forma se plantea que cuando la petición de consulta popular provenga de por lo menos 33 por ciento de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de origen dará cuenta de ella y la turnará a la Comisión de Gobernación, para su análisis y dictamen.
Igualmente, “en caso de aprobarse la petición por el Congreso, la Cámara revisora la enviará a la SCJN con la propuesta de pregunta, para que resuelva y le notifique sobre su constitucionalidad”.
La iniciativa presentada por De la Peña Gómez expone que cuando la petición provenga de la ciudadanía, el presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República o de la Cámara de Diputados la publicarán en la Gaceta Parlamentaria y darán cuenta de ella.
Se solicitará al Instituto Nacional de Elecciones que en un plazo de 30 días naturales verifique que ha sido suscrita, en un número equivalente a por al menos dos por ciento de los inscritos en la Lista Nominal de electores.
Cuando el INE determine que se cumple con el porcentaje requerido, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados o del Senado publicarán el informe en la Gaceta Parlamentaria y enviarán la petición a la Suprema Corte, con la propuesta de pregunta de los peticionarios para que resuelva sobre su constitucionalidad dentro de un plazo de 20 días naturales.
“En tal caso la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberá también resolver sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta popular y notificará a la Cámara de Diputados su resolución dentro de las 24 horas siguientes en que la emita”, indicó.
Con el objetivo de garantizar la imparcialidad y la objetividad del contenido del tema objeto de la consulta popular, se determina que las resoluciones de la Suprema Corte serán definitivas e inatacables.
El INE elaborará y propondrá los programas de capacitación en materia de consultas populares y será la institución encargada de todo el proceso de organización, realización, recepción de votos y conteo de los resultados del ejercicio, se añade en la propuesta.
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