Congreso de Sonora aprueba armonización de nueva Ley Electoral

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Published on junio 27, 2014 with No Comments

Imagen1Notimex.-El Congreso del estado aprobó, por unanimidad en lo general y por mayoría en lo particular, la nueva Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora.
De esa manera, se abrogó el Código Electoral para el Estado de Sonora y se dio cumplimiento a la adecuación de la legislación secundaria, de acuerdo con las modificaciones en la materia, que se realizaron a las constituciones políticas de México y Sonora.
La Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora consta de 367 artículos, en los que se establecen las reglas para las candidaturas independientes y para la reelección de alcaldes y diputados locales.
Asimismo, indica que los partidos políticos deben garantizar la paridad de género en la designación de las candidaturas a los puestos de elección popular.
El presidente de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, el priista José Abraham Mendívil López, reconoció el trabajo que, pese a las diferencias entre los grupos parlamentarios, prevaleció para sacar adelante la nueva legislación.
“Sonora tiene compromiso cumplido, una ley que nace de manera plural y participativa; fue la ley que pudimos sacar, dentro de lo posible, con acuerdos y puntos encontrados, que son las diferentes visiones que cada partido y cada representación tiene”, expresó.
Con esta nueva ley, se desarrollará el próximo proceso electoral, que iniciará en septiembre del año próximo, el primer domingo de junio se realizarán comicios para renovar la gubernatura, 72 alcaldías y el Congreso del Estado.
Los consejos municipales electorales quedarán constituidos a más tardar el 10 de diciembre próximo, mientras que los distritales el 10 de enero del año siguiente.
Tras una sesión del pleno que se prolongó por más de 12 horas, se aprobó la ley que establece que para gastos de campaña, se otorgará a los partidos un monto equivalente al 50 por ciento del financiamiento público que le corresponden el año de la elección.
Asimismo, se señala que en el año de la elección que se renueven sólo el Congreso y los 72 ayuntamientos, a cada partido se les otorgará para gastos de campaña, un monto equivalente al 30 por ciento del financiamiento público.
Las precampañas para gobernador se realizarán durante los 40 días anteriores al inicio del registro de candidatos, de diputados serán por 30 días, en los ayuntamientos con población mayor a 100 mil habitantes serán de 30 y con población menor de 20 días.
Respecto a los topes de campaña refiere que serán el equivalente al monto que resulte de multiplicar el 65 por ciento del salario mínimo diario vigente en la capital del estado, por el número de electores que estén inscritos en el padrón.
Asimismo, se aprobó dotar de facultades a las autoridades municipales para restringir el uso de los llamados “pendones” o propaganda electoral en el equipamiento urbano, los cuales podrán colocarse en lugares de uso comercial o privado.

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