MVS. La Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos exigimos a cinco años del veredicto del sistema regional de justicia, “el cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanis (CoIDH) en el caso del compositor, maestro y productor de cocos Rosendo Radilla Pacheco (detenido en un retén militar bajo el argumento de que “escribía corridos sobre el líder guerrillero Lucio Cabañas), en relación a la investigación, procesamiento y castigos de la desaparición que sucedió hace 40 años.
De la misma manera y “con la misma intensidad”, agregar la CMDPDH demandó “verdad, justicia y reparación, pronta y expedita, para todas las víctimas del delito de desaparición forzadas de personas cometidos en los diferentes contextos de la historia reciente de México, incluidas por supuesto las épocas de las llamadas “Guerra Sucia” y “Guerra contra el Narcotráfico.”
Hace cinco años, el día 23 de noviembre, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió la paradigmática sentencia por la que se condenó internacionalmente a México, por la desaparición forzada del señor Rosendo Radilla Pacheco, ocurrida el 25 de agosto de 1974 en Atoyac, Guerrero a manos de soldados del ejército del país, durante la época conocida como “Guerra Sucia.”
A 40 años, es decir a cuatro décadas, de la desaparición de Radilla Pacheco, el Estado mexicano “ha fallado en investigar adecuadamente su paradero así como en identificar y sancionar a los responsables,” destacan los defensores. La sentencia, “no logró mover a la Procuraduría General de la República para que investigara diligentemente los demás casos de desapariciones forzadas de la Guerra Sucia.”
Como lo estableció la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su sentencia: “la desaparición del señor Radilla Pacheco no sólo es, a todas luces, contraria al derecho a la libertad personal, sino, además, se enmarca en un patrón de detenciones y desapariciones forzadas masivas.”
La CMDPDH también reclama al Senado de la República y a la Cámara de Diputados que hayan incumplido la sentencia de la Corte IDH, ya que “no han logrado reformar adecuadamente el Código de Justicia Militar para evitar que todos los casos de desaparición forzada de personas, entre otros delitos contra los derechos humanos, sean juzgados por tribunales ordinarios y no por los llamados juzgados militares. Tampoco han modificado el Código Penal Federal para definir adecuadamente como delito penal la desaparición forzada de personas.”
La emisión de la sentencia del caso de Rosendo Radilla por la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sido de enorme trascendencia para la cultura jurídica mexicana y ha sido gracias a ella que diversas prácticas judiciales han sido modificadas; sin embargo, ello no ha sido suficiente para impactar en la erradicación de la práctica de la desaparición que resurgió con la política de combate al narcotráfico instrumentada por el ex Presidente Felipe Calderón en diciembre de 2006 y que prevalece en el actual contexto de violencia que se vive en México, y particularmente en el estado de Guerrero, concluye la CMDPDH en un comunicado.
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