Notimex. La bancada del PRD en el Senado presentó un conjunto de reformas a la Constitución para que la Cámara alta tenga la facultad de proponer las ternas a ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Los senadores Miguel Barbosa Huerta, Lorena Cuéllar Cisneros, Angélica de la Peña Gómez, Dolores Padierna Luna, Armando Ríos Piter y Benjamín Robles Montoya, proponen en su iniciativa publicada en la Gaceta Parlamentaria, cancelar las pensiones vitalicias para los ministros en retiro.
Sugieren que las designaciones de ministros, recaigan en juristas expertos en Derecho Constitucional, de reconocida competencia y prestigio o en magistrados o jueces de Circuito de los estados que se hayan distinguido por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica.
En la designación se deberá garantizar en todo momento la paridad entre los géneros y para su nombramiento, la comisión correspondiente del Senado convocará a los tribunales de justicia de los estados, colegios de abogados debidamente certificados y facultades de Derecho de instituciones de educación superior, a presentar sus propuestas.
Dicha comisión, presentaría una terna, la cual sería sometida al pleno, previa comparecencia de las personas propuestas. El voto de las dos terceras partes de los senadores presentes, designaría a las y los ministros correspondientes.
La bancada del Partido de la Revolución Democrática (PRD) plantea que el ministro presidente de la Corte, no sea el que presida el Consejo de la Judicatura Federal, que en su lugar se integre un Consejo por siete consejeros designados por el Senado.
Lo anterior, entre magistrados de Circuito y juezas y jueces de Distrito, quienes elegirán de entre ellos a la persona que presidirá el Consejo, en los términos que señala la ley respectiva.
La iniciativa prevé proceder penalmente contra los ministros de la SCJN cuando causen perjuicios graves a la sociedad o motiven algún trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones.
Asimismo, por cometer violación grave o sistemática a los derechos humanos; en el desempeño de su encargo ataque la forma de gobierno republicano representativo y federal o a las instituciones democráticas.
Igualmente cuando utilice en beneficio propio o de terceros, la información de que disponga en razón de su cargo, así como divulgarla en términos distintos a los autorizados por las demás leyes correspondientes; y no excusarse de participar en aquellos asuntos en se encuentren en conflicto de intereses.
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