Notimex. El INAI publicó un acuerdo donde se emite el reglamento del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
También en el Diario Oficial de la Federación dio a conocer los lineamientos para la organización, coordinación y funcionamiento de las instancias de los integrantes del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI).
El objetivo del reglamento es establecer las disposiciones para la coordinación y funcionamiento del Consejo Nacional, así como crear los órganos que lo conforman y las atribuciones que les corresponden.
El Consejo Nacional lo integrarán el presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), y los comisionados presidentes de los órganos garantes.
También los titulares de la Auditoría Superior de la Federación; de la Dirección General del Archivo General de la Nación, y de la presidencia del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
Respecto de los órganos garantes, que son los especializados en materia de acceso a la información y protección de datos personales en las entidades federativas; el reglamento, que entró en vigor este jueves, expone que en tanto estén en proceso de adecuación constitucional, igualmente se considerarán integrantes del Sistema Nacional.
El INAI también dio a conocer el acuerdo por el que se aprueban los Lineamientos para la Organización, Coordinación y Funcionamientos de las Instancias de los Integrantes del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.
Se establecen las bases y regulan las instancias de coordinación, colaboración, diálogo, discusión, deliberación, análisis y propuestas en las que participarán los integrantes del Sistema Nacional.
Indican que, por única ocasión, los organismos garantes nombrarán un Colegio Electoral para el registro de los miembros que integrarán las comisiones establecidas en estos lineamientos y para la emisión de la convocatoria con las reglas necesarias para el proceso de selección del coordinador de los organismos garantes, de los coordinadores Regionales y de los coordinadores de las comisiones.
Este Colegio Electoral se conformará hasta por dos representantes de cada una de las regiones establecidas en este documento, más un representante del INAI; mientras que la convocatoria deberá emitirse dentro de los tres días naturales siguientes a la publicación de los presentes lineamientos.
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