Notimex. La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) informó que realizó una exhaustiva inspección en el Parque Recreativo “Hernando de Villafañe”, en este municipio, en atención a una denuncia pública sobre la presunta mala atención a los animales ahí confinados.
Indicó que personal de la dependencia en la entidad constató que todos los ejemplares en cautiverio se encontraban en buen estado de salud, además de que las características y condiciones de las jaulas que albergan a los animales son las adecuadas para que se desarrollen.
Asimismo, verificó que cuenta con médico veterinario responsable de los cuidados que se requieren para la atención de los animales.
Mediante un comunicado, apuntó que las irregularidades encontradas fueron de carácter administrativo, al carecer de la autorización como Predios e Instalaciones que Manejen Vida Silvestre fuera de su hábitat natural (PIMVS).
Asimismo, de un plan de manejo autorizado y avalado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), y falta de la documentación que acreditara la legal procedencia de los ejemplares.
Indicó que en el parque se albergaban los siguientes ejemplares de vida silvestre, enlistados en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, así como en los Apéndices I, II y III de la CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres).
Apuntó que la protección de estos ejemplares está consagrada dentro de la Ley General de Vida Silvestre, que señala en su artículo 5º que el objetivo de la política nacional en materia de vida silvestre y su hábitat, es su conservación mediante la protección y la exigencia de niveles óptimos de aprovechamiento sustentable, para mantener y promover la restauración de su diversidad e integridad.
Refirió que de los 58 ejemplares, 23 se encuentran enlistados en alguna de las categorías de riesgo (en Peligro de extinción, Sujeta a Protección especial y Amenazada) dentro de la citada NOM-059-SEMARNAT-2010, así como en los Apéndices I, II y III de la CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres).
Asimismo, 35 sin clasificar, regulados por la Ley General de Vida Silvestre y su reglamento por ser animales silvestres.
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