Ntx. Por unanimidad y 69 años después de que fue adoptado, el Senado de la República ratificó el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la aplicación de los principios del derecho de sindicación y negociación colectiva, anunciado el 1 de julio de 1949.
El convenio internacional establece los derechos que tienen los trabajadores a sindicalizarse y a no ser sujetos de ninguna especie de discriminación, así como la prohibición de que el patrón o el Gobierno puedan tener injerencia en su organización.
Además, impide sujetar el empleo a la condición sindical y promueve la adopción de medidas para fomentar entre empleadores, organizaciones patronales y trabajadores, el pleno desarrollo y uso de procedimientos de negociación voluntaria, a fin de reglamentar las condiciones laborales, por medio de contratos colectivos.
El 30 de noviembre de 2015, el Presidente Enrique Peña envió al Senado dicho convenio para su ratificación, en el que se subraya que los trabajadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de discriminación tendiente a menoscabar la libertad sindical en relación con su empleo, sin embargo, no fue aprobado por la anterior Legislatura.
Dicha protección deberá ejercerse contra todo acto que tenga por objeto sujetar el empleo de un trabajador a la condición de que no se afilie a un sindicato o a la de dejar de ser miembro de un sindicato.
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