Protección a periodistas en el DF es inoperante, un fracaso: Artículo 19

Written by Redacción. Posted in Minuto a Minuto, Nacional

Published on noviembre 07, 2012 with No Comments

Notimex.- La organización periodística internacional Artículo 19 calificó como un “fracaso” e “inoperante” el Mecanismo de Protección a Periodistas puesto en práctica por el Distrito Federal.

En un comunicado, indicó que pareciera tratarse de una medida de “carácter cosmético”, cuyos operadores muestran incapacidad técnica y falta de profesionalismo, por lo que llamó a las autoridades locales a mostrar pleno compromiso con la libertad de expresión más allá de tiempos político-electorales.

“En contradicción con las declaraciones de altos funcionarios del Gobierno del Distrito Federal, quienes aseguran que la Ciudad de México es un refugio para comunicadores en peligro, el Mecanismo de Protección a Periodistas local ha mostrado en apenas unos meses de existencia su inoperancia, al mismo tiempo que ha exhibido la incapacidad de quienes lo integran para ofrecer ayuda urgente y sustantiva a periodistas en situación de riesgo”, señaló Artículo 19.

La organización internacional con sede en Londres recordó que el 29 marzo pasado se firmó el convenio que creó el Mecanismo, mediante el cual se habló de ofrecer garantías en el Distrito Federal a periodistas por cuya actividad estuvieran en riesgo.

Sin embargo, “para ARTICLE 19 es evidente el carácter cosmético del mecanismo. También quedan en evidencia la ausencia de capacidades técnicas entre quienes tienen a su cargo el trabajo de evaluar el riesgo que corren los y las periodistas, así como sugerir medidas concretas efectivas para proteger su integridad física”.

La organización precisó que inclusive quedó patente “la falta de capacidades para diseñar un catálogo de medidas y/o políticas públicas aplicables a los casos en conocimiento y mucho menos, la posibilidad de sugerir adecuaciones a los mismos para afrontar las necesidades del contexto de riesgo de periodistas. La falta de profesionalismo y voluntad política resultan evidentes”.

El acuerdo de creación del Mecanismo de Protección a Periodistas, permitió que para la defensa de periodistas fueran nombrados Balbina Flores y La Casa del Periodista; mientras que para personas defensoras de Derechos Humanos se designó a Comunicación e Información para la Mujer (CIMAC) y al Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria.

En relación con la inoperancia e incapacidad del Mecanismo, Artículo 19 mostró tres casos de abandono e indefensión de periodistas y sus familiares que buscaron la protección del Mecanismo.

“El pasado mes de agosto, un periodista fue objeto de amenazas reiteradas, mismas que fueron oportunamente denunciadas y hechas del conocimiento de las autoridades capitalinas, ante quienes se enfatizó la necesidad de adoptar medidas de protección en su beneficio.”

“En los hechos, pasaron al menos diez días sin que la Secretaría de Seguridad Pública o la Procuraduría local tomaran acciones decididas para proteger al informador, cuyo riesgo, de acuerdo con sus estándares de atención fue considerado bajo”.

“Después de cuatro amenazas en su contra (las cuáles alteraron gravemente su modo de vida), las autoridades del DF continuaban valorando la necesidad de brindar medidas, mientras la víctima consideraba innecesario y engorroso tener más encuentros con altos funcionarios para que alguien tomase una decisión tan simple como ordenar rondines o proximidad policiaca en su casa.”

“Asimismo, la PGJDF notificó al periodista que de no practicarse un peritaje psicológico para medir el daño logrado por las numerosas amenazas no sería posible ejercer acción penal contra los responsables. Evidentemente se negó a ser partícipe de tan denigrante prueba”, indicó.

En otro caso, destacó que en junio de este año, una pareja de reporteros abandonó su casa tras recibir amenazas de integrantes de la delincuencia organizada en un estado del sur del país, y que no obstante haber intervenido también la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), “tuvieron que transcurrir cerca de 45 días de supuestas gestiones ante autoridades para incorporarlos al Mecanismo de Protección”.

“Durante ese periodo, las autoridades fallaron en asistir a la familia con alojamiento o apoyo alimentario, mientras se les planteaban falsas expectativas de vivienda.”

“La familia se encuentra separada y el único ingreso asciende a 1,723.80 pesos del seguro de desempleo que otorga la Secretaría del Trabajo local, el cual fue conseguido mediante gestiones especiales, al margen del catálogo de acciones del mecanismo”.

Finalmente añadió, “en agosto pasado, un periodista y su familia llegaron a la ciudad de México, amenazados de muerte por miembros del crimen organizado.”

“El periodista dejó su casa y abandonó su principal medio de subsistencia como reportero y editor. De nuevo, el caso fue hecho del conocimiento de las autoridades participantes en el mecanismo y se solicitó su intervención urgente. Sin embargo, la respuesta volvió a ser la misma”.

Denunció que “no obstante que el subsecretario de Gobierno del DF, Juan José García Ochoa, aseguró públicamente el 23 de agosto que a partir de la tercera semana de septiembre habría una casa refugio para periodistas en riesgo”, esa promesa no se cumplió posteriormente.

“La Subsecretaría informó a ARTICLE 19, durante una reunión con el periodista desplazado, que no sólo no podrían ayudarlo con alojamiento y apoyo alimentario, sino que descartaron que el mecanismo contemple acciones de ayuda para reincorporar a sus hijos al sistema educativo y otorgar otras medidas necesarias para contrarrestar el desplazamiento forzado del periodista y su familia”.

Artículo 19 atestiguó, “igual que tuvo de hacerlo personal de la CDHDF, que ante las pobres alternativas que la autoridad puso sobre la mesa, el periodista se vio orillado a solicitar formalmente un permiso para trabajar en vía pública como payaso. Ejercer el periodismo ya sería un lujo para él, según relata”.

Para la organización periodística la preocupación del GDF es “sólo en el discurso” porque “con la evidencia que arroja la respuesta a los casos de periodistas es posible afirmar que el Gobierno del Distrito Federal no es consciente y sensible al problema planteado aquí, aunque en lo público se expresen compromisos con la libertad de expresión de quienes ejercen el periodismo.”

“Lo que da como resultado que el mecanismo tenga un mero carácter decorativo, que sea inoperante, incapaz de responder a criterios de urgencia no sólo para determinar el nivel de riesgo que corre la posible persona beneficiaria, así como diseñar y ejecutar las medidas a adoptar y su duración, sino, también para proveer el necesario resguardo inmediato al periodista mientras se hace una evaluación objetiva, profesional y profunda de su caso”.

En el documento, Artículo 19 mencionó que en esos tres casos, “el GDF no desarrolló ninguna labor sustancial concreta ni hay constancia de que el Comité para la Evaluación y Otorgamiento de Medidas de Prevención y Protección de Riesgos haya intervenido para hacer ninguna evaluación o proponer acciones.”

“Las muy escasas acciones que se logran concretar siguen dependiendo de gestiones al más alto nivel y de la voluntad política de quien las atiende, quedando todo como simples dádivas y no como lo que son”.

“Es decir, exigencias de respeto a los derechos humanos derivadas de los compromisos internacionales que rigen al Estado en su conjunto, incluyendo al Gobierno del Distrito Federal, tal como se establece en la Ley del programa de derechos humanos del Distrito Federal”.

Más aún, denuncia que “se ha jugado con las expectativas de las víctimas y se ha lastimado su confianza prometiendo una ayuda que jamás llega, aspecto que no sólo envía un mensaje contrario al respeto a los derechos humanos sino que inclusive puede derivar en la revictimización de las personas afectadas en sus derechos”.

“ARTICLE 19 considera inaceptable que el discurso sobre derechos humanos sea utilizado con fines políticos, por lo que exige señales claras de que el Mecanismo de Protección a Periodistas es parte de un auténtico compromiso con la defensa de la libertad de expresión.”

“Es necesario que las autoridades del DF doten de contenido sus declaraciones públicas y trabajen en un mecanismo de protección eficaz y eficiente, que contemple un amplio catálogo de acciones (más allá de la intervención meramente policiaca) a fin de dar atención integral a periodistas en riesgo y a sus familias”.

Artículo 19 propuso algunas medidas para construir la confianza en el mecanismo: Lineamientos de operación claros que brinden certeza sobre su funcionamiento, que establezcan criterios para la atención individualizada e integral de casos y garanticen una toma de decisiones expedita.

En materia de presupuesto, detalló que las acciones de protección y asistencia en emergencia deben estar respaldadas por recursos suficientes, los cuales deberán estar disponibles en todo momento.

Además, propuso la designación de personas confiables, con experiencia y capacidades técnicas probadas en el trabajo de protección y evaluación de los casos.

También exigió transparencia. “No sólo debe garantizarse que las designaciones de los participantes en este mecanismo se realicen a través de procesos claros y transparentes, también es necesario que los recursos públicos destinados a acciones de defensa de la libertad de expresión sean empleados en acciones sustantivas y no en financiar a grupos improvisados que aseguran trabajar en protección, pero adquieren experiencia mientras ponen en riesgo a las víctimas”.

Propuso que haya una política de comunicación proactiva que facilite el conocimiento del mecanismo y su funcionamiento por la población, el cual debe ser acorde a la realidad del alcance de las medidas que puede ofrecer el mecanismo.

Asimismo, militó por una “verdadera voluntad política” para que el compromiso con la libertad de expresión del Gobierno del Distrito Federal deba “expresarse de manera permanente, independientemente de tiempos político-electorales y trascender a las administraciones y las personas que ocupan temporalmente los cargos”.

“Finalmente se reitera que la necesidad de un mecanismo adecuado que proteja a periodistas es una obligación internacional que deriva de recomendaciones de organismos como el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU)”.

Así como de otras organizaciones tales como el Comité de Derechos Humanos de la ONU y las Relatorías de libertad de expresión (tanto de la ONU como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos), por lo que el Gobierno del Distrito Federal tiene el deber de ajustar su actuar conforme a los estándares internacionales”.

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