Yucatán registra en 30 años tres mil 734 casos de Sida

Written by Redacción. Posted in Estados, Minuto a Minuto, Yucatán

Published on agosto 09, 2013 with No Comments

MéridaNotimex.- Mérida. En las últimas tres décadas, en Yucatán se han registrado un total de tres mil 734 casos de personas con el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (Sida), lo que representa el 2.3 por ciento de la incidencia nacional.

De acuerdo con las motivaciones que dieron origen a la Ley para la Prevención y Control del Virus de Inmunodeficiencia Humana, Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida y otras Infecciones de Transmisión Sexual del estado de Yucatán, existe preocupación, dado que entre 2010 y 2012, los seropositivos van en aumento.

La ley que justifica y promueve el diputado local del PRD, Luis Jesús Manzanero Villanueva, refiere que de 1983 -año en que se registró el primer caso Sida en el estado- a 2012 se han notificado tres mil 734 casos de la enfermedad, de ellos tres mil 146 corresponden a pacientes masculinos y 588 a femeninos.

Detalla que en 2011 se notificaron 69 casos nuevos de pacientes que ya han desarrollado el síndrome -59 hombres y 10 mujeres-, en tanto para 2012 se reportaron 67 casos -58 hombres y nueve mujeres- casos nuevos en el estado.

Respecto al número de pacientes portadores del Virus de Inmunodeficiencia Adquirida (VIH), en Yucatán de 1984 a 2012 se han notificado mil 620 casos, mil 285 corresponden al sexo masculino y 335 al femenino, con una incidencia del 3.7 por ciento del total nacional.

“En 2011 y 2012 se notificaron 206 casos masculinos y 124 casos femeninos que continúan como seropositivos a VIH respectivamente, es decir, en promedio por año de 2010 a 2012 se detectaron aproximadamente 300 casos”, señaló.

La ley aprobada el pasado 15 de julio, que entrará en vigor el 1 de enero de 2014, busca generar un marco jurídico a Yucatán para que se regule la prevención, atención integral y control del VIH/Sida y otras enfermedades de transmisión sexual.

Entre las disposiciones de la nueva norma está “fijar principios básicos que garantizan los derechos humanos reconocidos internacionalmente en materia de atención a las personas que viven con VIH, como la confidencialidad, consentimiento informado, la inclusión social y la no discriminación.

A partir de la entrada en vigor de la norma, en materia de prevención, se dota de atribuciones a las secretarías de Salud y de Educación para implementar programas de información, prevención, protección, vigilancia epidemiológica, así como de promoción del uso del condón, como una forma de prevención.

La nueva norma se sustenta en cuatro principios rectores que las dependencias oficiales, en particular, deberán atender como son: la confidencialidad y con ello “ninguna persona o autoridad podrá revelar o utilizar información sobre la condición de una persona que vive con VIH/Sida y otras ITS.

Ante ello, “los datos clínicos serán confidenciales y únicamente podrán ser utilizados previa autorización de la persona con VIH/Sida y otras ITS”.

También deberá haber un “consentimiento informado: toda persona tiene derecho a la información relacionada con los procedimientos o acciones médicas a las que vaya a someterse para estar en posibilidad de expresar libre y voluntariamente su decisión”.

A su vez, autoridades, instituciones y organizaciones de la sociedad civil promoverán la inclusión social y permanencia de personas que viven con VIH/Sida y otras ITS, por último, ninguna persona podrá ser discriminada por vivir o convivir con una persona con VIH/Sida y otras ITS.

La Secretaría de Salud estatal deberá realizar campañas permanentes, en coordinación con las demás dependencias y entidades de la administración pública estatal, para brindar acceso a condones femeninos y masculinos, así como promover su uso adecuado.

También promover la suscripción de convenios de colaboración con instituciones académicas y de investigación en materia de salud, para la implementación de cursos de actualización y capacitación al personal que atiende a personas que viven con VIH/Sida y otras ITS.

Además, deberá vigilar el cumplimiento de las normas de bioseguridad para el manejo y uso de materiales, instrumentos y equipo en los establecimientos de salud en el manejo de pacientes o muestras del VIH/Sida y otras ITS, entre otras acciones.

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